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Requisitos Para Obtener Licenciatura de Enfermera(o) Registrada(o) (RN) y Enfermera(o) Práctica(o) Licenciada(o)
(Sección está prevista a ser anulada el 1 de enero de 2008)
Sec. 10-30. Requisitos para licenciatura.
I. Cada solicitante que satisfactoriamente reúna los requisitos de esta Sección tendrá derecho a obtener licenciatura como Enfermera(o) Registrada(o) o Enfermera(o) Práctica(o) Licenciada(o), como aplique.
(a) Cada solicitante a ser examinado para practicar como enfermera(o) registrada(o) u enfermera(o) práctica(o) licenciada(o) debe:
(1) someter una solicitud por escrito, y honorarios como establece el Departamento (ver tabla abajo);
(2) para enfermera(o) registrada(o), haberse graduado de un programa educativo profesional en enfermería aprobado por el Departamento (ver tabla abajo);
(2.5) para enfermera(o) práctica(o) licenciada(o), haberse graduado de un programa educativo profesional en enfermería aprobado por el Departamento (ver tabla abajo);
(b) Cada solicitante para licenciatura por endoso que sea enfermera(o) registrada(o) profesional o enfermera(o) práctica(o) licenciada(o), que tenga licencia bajo las leyes de otro estado, territorio de los Estado Unidos o país extranjero, jurisdicción, territorio o provincia, debe:
(1) someter una solicitud por escrito y honorarios como establece el Departamento (ver tabla abajo);
(2) para licenciatura de enfermera(o) registrada, debe haberse graduado de un programa educativo profesional en enfermería aprobado por el Departamento (ver tabla abajo);
(2.5) para licenciatura de enfermera(o) práctica(o) licenciada(o), debe haberse graduado de un programa educativo profesional en enfermería aprobado por el Departamento (ver tabla abajo);
(3) someter confirmación de estatus de licencia directamente de la jurisdicción de licenciatura de los Estados Unidos, si aplica, como define la ley;
(4) haber pasado el examen autorizado por el Departamento;
(5) reunir todos los otros requisitos según establece la regla.
(c) Todos los solicitantes para licenciatura de enfermera(o) registrada(o) que sean graduados de un programa educativo en un país que no sea los Estados Unidos o sus territorios, deben someter al Departamento una certificación de haber completado satisfactoriamente el examen de la Comisión de Graduados de la Escuela de Enfermería del extranjero (CGFNS, según su sigla en inglés). Todo solicitante que no pueda proveer documentación apropiada para satisfacer al CGFNS de sus calificaciones educacionales, será requerido de pasar un examen para examinar la destreza que tenga en el idioma inglés, el cual será sometido por el Departamento; esto de ser determinado por la Junta que el solicitante está debidamente cualificado en el estudio de enfermería. La junta hará el estudio apropiado para conocer las razones de cualquier determinación adversa por la CGFNS, antes de tomar su propia decisión. Cada solicitante que sea licenciado en otro estado o territorio, que esté solicitando licenciatura y haya recibido su educación en un país que no sea los Estados Unidos o sus territorios, debe estar exento de completar el examen de CGFNS, si el solicitante reúne todos de los siguientes requisitos:
(1) pasar satisfactoriamente el examen de licenciatura autorizado por el Departamento;
(2) si tiene licencia activa, estar libre de gravámenes en otro estado, y;
(3) haya estado activamente practicando por un mínimo de dos (2) años en otro estado.
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